El Boletín Oficial N°29013, publicado este miércoles, oficializó a Saladillo en la lista de Municipios en fase 3. Si bien la readecuación de las medidas sanitarias vigentes la hará luego las autoridades locales, en esta etapa de Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario se tienen en cuenta modificaciones en los usos de espacios cerrados y en el aforo en el interior de comercios gastronómicos. Las clases presenciales continúan habilitadas por provincia en esta instancia.
Los espacios cerrados tienen que ver con las actividades que el Gobierno de la provincia de Buenos Aires no habilita en fase 3: la práctica de deportes en espacios cerrados, los gimnasios, la celebración de ritos religiosos, los salones y las reuniones sociales, entre otros, serían las nuevas restricciones que Saladillo puede o no acatar, lo cual se definirá en las próximas horas. Además, tampoco se permite la práctica de deportes grupales con o sin contacto al aire libre, que supere el límite de 10 personas.
La restricción horaria para la actividad comercial sería a partir de las 20:00, mientras que para el rubro gastronómico sería a las 23:00. En cuanto a educación, la provincia especifica que las “clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial que estará habilitada en todas las fases (Conforme Decreto Nacional N° 287/21)”, está habilitada en fase 3. Para ver el listado completo de la resolución de Jefatura de Gabinete, hacer click acá.
POR RESOLUCIÓN PROVINCIAL, EN EL MARCO DE LA PANDEMIA, SALADILLO PASA A FASE 3
En ese contexto se reunió el Comité de Emergencia Sanitaria creado en el marco del Covid-19, analizó la resolución mencionada y, atento ello se disponen las siguientes medidas:
• COMERCIOS DEDICADOS A PRÁCTICAS DEPORTIVAS: podrán funcionar hasta la hora 21:00 como máximo, debiendo cumplir estrictamente con el aforo de 30% y hasta un máximo de 10 personas en el lugar. Asimismo, deberán extremar las medidas preventivas, exigiendo utilización obligatoria del barbijo al ingreso y egreso del lugar, que cada persona cuente con sus elementos deportivos y en caso de compartirlos, deberán asegurar la desinfección de los mismos.
• CLUBES: podrán funcionar hasta la hora 21:00, debiendo distribuir los grupos de alumnos en burbujas de 15 personas como máximo.
• RITOS RELIGIOSOS: Se restringe la celebración de ritos religiosos, pudiendo solo permanecer abiertos los templos para ingresos individuales y responsos.
• NOCTURNIDAD: Los restaurantes, bares, pizzerías y heladerías, podrán permitir el ingreso de personas hasta la hora 23:00, con permanencia en el lugar hasta la hora 24:00 como máximo. Los Kisocos podrán funcionar hasta la hora 24:00.
• COMERCIOS DE VENTA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS EXCEPTO SUPERMERCADOS: podrán funcionar hasta la hora 21:00.
• COMERCIOS EN GENERAL Y SUPERMERCADOS: podrán funcionar hasta la hora 20:00 como máximo.
• REUNIONES SOCIALES: Las reuniones sociales sólo se permiten con un máximo de 10 personas, recomendando no llevarlas a cabo salvo en caso de necesidad y priorizando espacios abiertos y/o ventilados.
• PROHIBICIÓN DE CIRCULAR: Se prohíbe la circulación de personas en la vía pública en la franja horaria comprendida entre la hora 00:00 y la hora 06:00 salvo personal exceptuado por el carácter esencial que reviste de acuerdo a la actividad que presta.
Las medidas dispuestas tendrán vigencia desde las 0hs del día jueves 13 de mayo del corriente hasta el 21 de mayo inclusive.