La norma establece las obligaciones a cargo de los titulares de estos tipos de establecimientos, así como las condiciones que aquellos deberán reunir para su habilitación y funcionamiento.
Al respecto, el Diputado Lissaldeexplicó que «la ley apunta a la protección de la salud humana, a la preservación del ambiente, de los recursos naturales y el resguardo de la calidad de los alimentos y materias primas de origen bovino”.
El legislador del Frente Renovador ha trabajado para que la provincia tenga por fin una norma que regule este tipo de actividades desde el año 2008, cuando impulsó la iniciativa desde su banca en el Senado.
“Todos estos años sirvieron para enriquecer la idea inicial y así se convirtió en un gran aporte para la economía bonaerense en el marco del respeto por la salud y el medio ambiente”, manifestó Lissalde.
Además, la norma establece que la habilitación de esta clase de establecimientos, tendrá lugar una vez obtenidos los certificados de Radicación y de Aptitud Ambiental, el primero expedido por el Municipio del lugar; el segundo, por la Autoridad Ambiental competente. Asimismo, se creará una Autoridad de Aplicación que tenga la función de controlar, fiscalizar y establecer la reglamentación.
Cabe destacar que los emprendimientos de este tipo que se encuentren funcionando con anterioridad a la sanción de la ley, tendrán un plazo de un año para adecuarse a las exigencias y obligaciones establecidas. Este plazo responde a un criterio lógico y prudencial a los efectos de minimizar al máximo el costo económico que pudiera infligir dicha adecuación.