Si la Legislatura de Buenos Aires aprueba el proyecto de nuevo Código Contravencional que presentará el gobierno de esa provincia antes de fin de año, quienes induzcan a menores de edad a mendigar serán sancionados con días de arresto, multas o trabajos comunitarios.
Lo mismo sucederá con los cuidacoches, más conocidos como “trapitos”, que no cuenten con la autorización municipal correspondiente o con quienes protagonicen actos de acoso sexual callejero, que será considerado como una “forma especial de hostigamiento o maltrato”.
Pero una de las principales modificaciones que plantea el proyecto oficial es la incorporación de la responsabilidad de los padres por las contravenciones protagonizadas por los hijos cuando haya negligencia o falta de cuidado de los adultos.
“Por ejemplo, si un menor de 16 años pinta o daña un monumento público y se demuestra que hubo una falta de cuidado por parte de sus padres que posibilitó el acto, los adultos serán pasibles de ser sancionados, ya sea con una multa o con trabajo de utilidad pública, como, por caso, reparar el daño causado”, afirmó al diario La Nación una calificada fuente de gobierno que tuvo participación de la elaboración del proyecto.
El mismo amplía el abanico de sanciones posibles -clasificadas en primarias, accesorias y sustitutivas- e incluso prevé la suspensión del juicio a prueba (probation) y la extinción de acción por conciliación de intereses entre partes, por ejemplo, el resarcimiento a la víctima.
El concepto principal es que si el juez contravencional o de faltas cuenta con más opciones a la hora de resolver habrá más posibilidades de que el infractor sea sancionado y reciba una pena acorde al acto cometido. Se espera, además, que al abordar las situaciones consideradas predelictuales, la aplicación del nuevo código contravencional tenga efecto preventivo.
En la iniciativa se contempla que “un día de trabajo de utilidad pública será la prestación de tres horas de trabajo”. También se afirma que las tareas deberán hacerse en establecimientos públicos, como escuelas, hospitales u “otras instituciones dependientes del Estado provincial”.
Otra modificación sustancial es la incorporación del “agravante genérico” cuando la contravención sea cometida por un funcionario público.
El actual Código de Faltas bonaerense fue sancionado en 1973 y, desde entonces, tuvo 21 reformas. La intención del Poder Ejecutivo provincial es “dar una respuesta moderna, integral y eficiente a la problemática que significan las contravenciones”.
El ministro de Justicia bonaerense, Gustavo Ferrari, tuvo reuniones con intendentes de todo el arco político (Cambiemos, Frente para la Victoria, Partido Justicialista y Frente Renovador) para hablar de la necesidad de tener un nuevo código de contravenciones y para conocer las opiniones de los jefes comunales al respecto.
Según fuentes oficiales, la gran mayoría de los jefes comunales estuvo de acuerdo en la necesidad de modificar las normativas actuales. Incluso sugirieron de las reuniones de trabajo cuestiones que fueron incorporadas al proyecto original.
Fuente: La Nación