Decreto Municipal para el 31 de Julio

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QUE la Provincia de Buenos Aires, a través del Ministerio de Gobierno, en el marco del expediente 2200-4009/17, y por Resolución 137/2017, ha declarado, para el Partido de Saladillo, como no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades que se desarrollen, el día 31 de julio de 2017, con motivo de conmemorarse el Aniversario de su Fundación;

 

QUE por expresa petición de la Dirección General de Escuelas se exceptúa de lo dispuesto en el artículo 1 a las instituciones educativas y dependencias pertenecientes a la misma;

 

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QUE la mentada resolución tiene como objetivo fomentar celebraciones y facilitar mayor participación de la comunidad para los días en los cuales se conmemore aniversarios o fiestas patronales, actos y festejos que contarán con masiva concurrencia;

 

QUE debe procederse al dictado del acto administrativo que reproduzca, en el ámbito local, los términos de la citada resolución;

 

Por todo ello, el INTENDENTE MUNICIPAL DE SALADILLO, en uso de sus facultades

 

D E C R E T A

 

ARTÍCULO 1: Declárase para el Partido de Saladillo, como no laborable para la Administración Pública y Banco de la Provincia de Buenos Aires, y feriado optativo para la industria, el comercio y restantes actividades que se desarrollen, el día 31 de julio de 2017, con motivo de conmemorarse el Aniversario de la Fundación de la ciudad.

 

ARTÍCULO 2: Comuníquese, tomen razón las correspondientes oficinas y cumplido dése al registro Oficial de Decretos

 

DECRETO 1534/2017