Se modifica el número de personas en los encuentros sociales en el ámbito privado, domicilios de particulares, hasta 10 personas.
En el ámbito público, litúrgico, y comercios habilitados, que garanticen el cumplimiento de las medidas de distanciamiento y cuidados en el marco del Covid, se permitirán las actividades, siempre y cuando en dichos espacios se respete el factor de ocupación (30 % de la ocupación del espacio, garantizando los 2m de distancia entre persona y persona).
De acuerdo a las nuevas disposiciones otorgadas por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, desde el 11 de enero y, hasta el 31 del mismo mes, del año 2021, las actividades artísticas, deportivas, culturales, sociales, recreativas, familiares o comerciales no podrán desarrollarse en el horario comprendido entre la hora 01:00 y las 06:00 hs de cada día.
Las agencias de remises deberán confeccionar un registro de las personas que trasladen en la franja comprendida desde la hora 01:00 y hasta las 06:00 horas del día siguiente, donde deberá constar nombre y apellido de los pasajeros, numero de D.N.I., motivo del traslado y domicilio a donde se dirige, lo cual debe estar enmarcado solo en lo esencial.
Las actividades económicas industriales que impliquen procesos productivos manufactureros o agropecuarios y las actividades, servicios y situaciones declaradas esenciales podrán desarrollarse sin limitación horaria.
NO OBSTANTE desde la Municipalidad de Saladillo queremos informar que el Intendente Municipal ha solicitado de acuerdo a la situación epidemiológica favorable que estamos atravesando, se contemple la posibilidad de cambio a fase 5.
Es necesario que entre todos, nuevamente, restrinjamos el encuentro con otras personas en los casos que no sea necesario o esencial y podamos evitarlo.
Es el momento de fortalecer y acentuar las medidas de protección y de cuidado respetando los protocolos que nos exige la pandemia de Covid-19.