«Los hechos que se presentaron en el presente caso no constituyen delito. Nadie forzó la desaparición de Santiago Andrés Maldonado. Nadie resultó señalado por la prueba que se colectó como autor de aquella hipótesis delictiva. Nadie fue penalmente responsable de su muerte”, dijo el juez LLeral
La conclusión fue expuesta al disponer el sobreseimiento definitivo del gendarme Emmanuel Echazú, por lo que se dio por finalizado el trámite del expediente del habeas corpus.
Para el juez fue fundamental cuando un peritaje demostró que el cuerpo del artesano permaneció casi tres meses sumergido en las frías aguas del rio Chubut. La pericia la había realizado el Instituto de Tecnología Industrial sobre un conjunto de DNI similar al que portaba Maldonado. Un ensayo de simulación en el que se concluye que “el DNI de Santiago Maldonado pudo haber estado sumergido en el lugar en que fue hallado por un período de hasta 90 días”.
“La pericia apuntada contribuye, aún más, a aventar cualquier suspicacia respecto al supuesto traslado y plantado del cuerpo de Santago Andrés Maldonado luego de su muerte”, advierte el juez.
En ese sentido recordó que el hallazgo del DNI en buen estado de conservación junto al cuerpo sumergido de la víctima fue un dato con el que algunos sectores pretendieron “abonar aquella hipótesis de que Maldonado había muerto en un lugar distinto y luego fue “plantado” en el Rio Chubut”.
Las conclusiones fueron expuestas al disponer el sobreseimiento definitivo del gendarme subalferez Emmanuel Echazú, único imputado.
“Con certeza se puede afirmar que Santiago Andrés Maldonado, a la carrera, huyendo de la persecución de los efectivos de la Gendarmería Nacional que se encontraban efectuando el procedimiento policial…ataviado con todas las ropas y calzado señalados y descriptos por los peritos que materializaron la necropsia, se introdujo con vida en las frías aguas del Río Chubut en donde pese a sus esfuerzos por respirar y mantenerse a flote, encontró su muerte a partir de la asfixia producida por el agua de río que invadió sus vías respiratorias, del entumecimiento corporal producido por la bajísima temperatura de ese medio y de la probable perdida de conciencia”, relata el juez en el fallo.
Fuente:minutouno