Martello consideró que sería “muy importante” que se apruebe, en la Legislatura bonaerense, una ley de adhesión al régimen federal de promoción de pueblos rurales turísticos (Ley Nacional 27324). La norma establece que las autoridades provinciales, garantizando la participación de instituciones intermedias y autoridades municipales o comunales, deben presentar anualmente ante el Consejo Federal de Turismo la nómina de pueblos que, dentro de su jurisdicción, tengan algún atractivo para el desarrollo de un proyecto turístico que sirva para diversificar la base económica de la localidad.
“Creemos que muchos pueblos bonaerenses no solo serán un polo de atracción del turismo proveniente de localidades argentinas, sino que también atraerán visitantes de otras naciones en momentos en que nuestro país necesita que ingresen divisas de forma urgente. A partir de 2011, el crecimiento de turistas argentinos en el mundo (emisivo) y la caída del turismo de extranjeros (receptivo) se vieron reflejados en el déficit del balance de divisas de la cuenta viajes, con fuerte aceleración a partir de 2016. El déficit de la cuenta viajes representó el 29,5% del déficit total en cuenta corriente del Balance de Pagos en 2016”, destacó Martello, quien está a cargo del área de Turismo y Patrimonio de la Defensoría.
Entre otros beneficios, el régimen federal de promoción posibilita la inclusión en catálogos, directorios, guías, publicidades, y páginas webimpulsadas por el Ministerio de Turismo de la Nación y/o el Instituto Nacional de Promoción Turística (Inprotur). También facilita la participación en programas de capacitación y la implementación de medidas de protección de los recursos existentes a fin de mantener los valores de identidad y la singularidad del pueblo, previendo la planificación y el ordenamiento territorial.
Para el Defensor del Pueblo Adjunto, se debe avanzar en la conformación del Registro de Pueblos Rurales dentro de la jurisdicción bonaerense a efectos de conformar la nómina de aquellas localidades que cumplan con los requisitos de la Ley N° 27.324, debiéndose dar debida difusión a los requisitos y documentación necesarios para acceder a la inscripción, el plazo, y a la tutela en sede administrativa que permita recurrir un eventual rechazo.
Asimismo, en la Provincia, desde el año 2008, funciona el Programa “Pueblos Turísticos”, que depende de la Dirección de Turismo Social y Comunitario, y recibe colaboración del Ministerio de Agroindustria bonaerense y del Banco de la Provincia de Buenos Aires (Bapro). Sus principales objetivos son crear fuentes de empleo, favorecer el arraigo y generar identidad, promoviendo emprendimientos turísticos endógenos y sustentables. En la actualidad, este registro incluye una veintena de localidades bonaerenses y se podrían incorporar nuevos pueblos, pero para ello es necesario seguir un complejo camino burocrático.
«Hay que dotar de mayor jerarquía al área de turismo en la Provincia, que pasó de ser secretaria a subsecretaría, y cumplir con la ley que regula la actividad. Se trata de una norma que establece mecanismos de financiamiento través del Bapro y del denominado Fondo Provincial de Inversión para el Turismo (FOPROINTUR). La ley dice claramente que se le debe dar prioridad a aquellas zonas rurales y de montaña donde el turismo representa con frecuencia una de las escasas oportunidades de desarrollo frente al declive de las actividades económicas tradicionales”, explicó Martello.
El Defensor del Pueblo Adjunto mostró algunos indicadores que muestran que la inversión en promoción turística de la provincia para este año en sensiblemente mayor que en 2017 y 2016, pero la recaudación del FOPROINTUR (800 mil pesos para 2018) “resulta irrisoria” teniendo en cuenta las necesidades del sector”.
“El Banco Provincia, según informaron sus autoridades en el último balance anual, en 2017 alcanzó el resultado económico más alto de la historia de la entidad bancaria, con una ganancia de $ 6.962 millones, lo que implica un incremento de 119,6% con respecto al ejercicio anterior. Creemos que una parte de estas ganancias podrían servir para otorgar créditos blandos, con tasas subsidiadas, para el desarrollo de infraestructura turística sostenible, que es ni más ni menos que lo establecido en la ley vigente”, dijo Martello.
El mencionado Fondo Provincial de Inversión debería recibir recursos provenientes de rentas generales; canon de unidades fiscales, sumas provenientes de la publicidad y propaganda en guías, folletos y demás formas y medios de comunicación; yel porcentaje que se le otorgare emergente del producido de la recaudación proveniente de los juegos de azar administrados por la Provincia y que no tuvieren otro destino especialmente determinado. Ahora bien, uno de los baches de la norma es que durante el gobierno anterior no se estableció que porcentaje de lo recaudado por tragamonedas y demás juegos se deben destinar a la actividad turística.
Durante el desarrollo de la Jornada en la Legislatura porteña, que fue organizada por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, también participó el jefe del Área de Turismo de la Defensoría del Pueblo de la Provincia, Sebastián Garófalo fuente: infomiba