La legislatura bonaerense volverá a vivir una compleja jornada. Hoy, luego del receso por Navidad, se comenzará a tratar el proyecto de ley impositiva que definirá los gravámenes, y por consiguiente los ingresos, con los que deberá gestionar durante el 2020 el gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof.
El proyecto que envió el Ejecutivo provincial el 24 de diciembre cuenta 108 artículos y una copia del Pacto Fiscal que en total suman 150 páginas. La extensión y la fecha es la excusa que ponen algunos sectores políticos para intentar trabar la discusión, ya que los 138 legisladores se encontraban dispersos por toda la provincia y recién hoy a la mañana comenzarán a arribar a La Plata.
Con todo, el quórum estaría garantizado: antes de viajar al exterior para pasar fin de año, la ex gobernadora María Eugenia Vidal garantizó que sus 26 senadores se sentarán para habilitar el debate.
Pero en el oficialismo habían dejado en claro que Kicillof y su equipo quieren comenzar el 2020 con todas las herramientas aprobadas y disponibles, por lo que hubo varios contactos telefónicos con la oposición. “Las negociaciones se van a desarrollar durante todo el día pero entendemos que a partir de las 15 horas puede ser que empiece la sesión», aseguraron.
De todas formas, ya avisan que la negociación será difícil. Mientras tanto, hay puja para saber quién del oficialismo y la oposición se queda con sillas claves en estructuras como el Banco Provincia y las comisiones legislativas y qué cosas terminarán siendo la moneda de cambio en las negociaciones. Desde Juntos para el Cambio, por ejemplo, ya señalan que “el impuesto rural está un poco alto”.
Kicillof y su equipo aseguran que la norma busca dotar de progresividad a los impuestos de la provincia y que los aumentos establecidos acompañarán a la inflación de 2019, estimada en 55%. El propio ministro de Hacienda y Finanzas de la provincia, Pablo López, explicó ayer en Twitter que el proyecto “En el caso del Impuesto Inmobiliario Rural y Urbano, el principio que guía la propuesta es, precisamente, la progresividad tributaria, lo que se logra mediante topes segmentados a las variaciones”.
Para los muebles urbanos López señaló que “amplios sectores medios urbanos tendrán aumentos muy moderados: el 86% de los contribuyentes afrontarán aumentos menores a 3.500 pesos para todo el año, se trata de cerca de 3,8 millones de contribuyentes de los 4,5 millones que afrontan el impuesto”.
Para los rurales, en tanto, el ministro dijo que habrá “exenciones a propiedades pequeñas de producción agropecuaria, en especial la tambera, se estableció un esquema de segmentación que beneficia a pequeños y medianos productores partiendo de un 15% para las propiedades de menor valor”.
En el artículo 10 de la norma se fijan las escalas de alícuotas a los efectos del pago del impuesto Inmobiliario Rural, con un piso de una base imponible para unidades de hasta de $105.000 donde no paga una cuota fija y queda con un alícuota de 1,059%, y un techo para tierra rurales con una valuación fiscal de más de tres millones de pesos queda con una cuota de $112.327 y una alícuota sobre el excedente límite mínimo de 7.058%.
Si el campo está valuado en más de tres millones de pesos –USD 48.000– y posee más de 2.000 hectáreas, el incremento del impuesto tiene un techo de 75 por ciento. Se establece que el impuesto resultante por la aplicación de la presente escala “no podrá exceder respecto del calculado en el año 2019 según las previsiones del Título I de la Ley Nº 15.079, los porcentajes que a continuación se detallan”:
a) 15% cuando las valuaciones correspondientes al año 2019, de la tierra libre de mejoras sea de hasta $260.870 inclusive.
b) 35% cuando las valuaciones correspondientes al año 2019, de la tierra libre de mejoras sea superior a $260.870 y hasta $816.075 inclusive.
c) 55% cuando las valuaciones correspondientes al año 2019, de la tierra libre de mejoras sea superior a $816.075 y hasta $3.000.000 inclusive.
d) 55% cuando las valuaciones correspondientes al año 2019, de la tierra libre de mejoras sea superior a $3.000.000 y la superficie de la tierra libre de mejoras sea inferior o igual a 2.000 hectáreas.
e) 75% cuando las valuaciones correspondientes al año 2019, de la tierra libre de mejoras sea superior a $3.000.000 y la superficie de la tierra libre de mejoras sea superior a 2.000 hectáreas.
Fuente: infobae