Como es de público conocimiento, una de estas cadenas, en el año 2012 comenzó un juicio con la intención de romper los parámetros que establece la Ley N°10.606 para instalar una farmacia, en tres aspectos claves: la distancia de 300 metros, la densidad poblacional, la proporcionalidad respecto a la cantidad de habitantes (una farmacia cada 3.000 habitantes) y la prohibición de funcionar bajo la figura legal de “sociedad anónima”. Esta acción judicial fue rechazada por la justicia en primera y segunda instancia. En el mismo sentido la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires rechazó también el recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Empresa Farmacity.
En relación a las acciones judiciales, la empresa mencionada presentó un Recurso Extraordinario Federal de Queja ante la Corte Suprema de la Nación. Estando dicho recurso pendiente de resolución.
Aproximadamente el 40 por ciento de la facturación de estas grandes cadenas proviene de productos que no son medicamentos, situación está que también genera controversias con los kioscos, mini mercados y comercios similares de barrio. El modelo propuesto por la Empresa Farmacity S.A es el del Poli – Shopping, donde se favorece la concentración económica, alienta el consumo irracional de fármacos, e instala la concepción del mercado como regulador de la venta de medicamentos y atenta contra las farmacias instaladas bajo la normativa vigente, que tiene por finalidad asegurar el acceso a la medicación, distribuidas de forma ordenada en cada distrito y conformo a la establecido en el Ley 10.606.
Por todo ello de aprobarse el Proyecto de los Concejales Unidad Ciudadana, que ha tenido votos positivos en prácticamente todos los distritos de la provincia de Buenos Aires, la Resolución será girada a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a la Señora Gobernadora de la Provincia de Buenos Aires, a los Presidentes de las Cámaras de Senadores y Diputados y a los restantes Concejos Deliberantes de la Provincia, en respaldo del sistema de salud provincial y de la profesión farmacéutica según lo establecido en la legislación vigente como así mismoal Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, como así mismo al Delegado Distrital del Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires.