Las mujeres tenemos derecho a decidir voluntariamente acerca de nuestra vida sexual o reproductiva sin amenazas, coerción, uso de la fuerza o intimidación.
Según la ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, Cordera ejerció violencia simbólica. En el artículo 5° se describe ese tipo de violencia como «la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad». En los dichos del cantante se construye una imagen estereotipada de la mujer: histérica, ignorante de sus sentimientos y deseos, culpógena y pasiva.
Repudiamos toda forma de reproducción y difusión de la violencia contra las mujeres, y el modo en el que se reafirman patrones culturales machistas y misóginos.