SUTEBA informa:

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En dicha presentación se exponen los siguientes argumentos en contra de la Resolución 1131:
– es una acción persecutoria, discriminatoria y violatoria del derecho de huelga;
– “disfraza” el plan de continuidad pedagógica, teniendo en cuenta que éste está contemplado ya en el Decreto N° 2299/11, que figura en el Reglamento General de las Instituciones Educativas de la provincia de Buenos Aires, y el mismo es el resultado de los acuerdos alcanzados a nivel institucional, y que concretamente se materializan en las acciones realizadas desde el principio del lectivo con alumnos, padres y auxiliares de la educación;
– viola el principio non bis in idem, ya que el gobierno ya sancionó (mediante descuentos conculcatorios) a los docentes que realizaron paro los días 6, 7, 8, 9, 13, 14, 21, 22, 29, 30 de Marzo y el 6 de abril, intentando mediante dichos descuentos quitarle fuerza a la medida gremial. No puede una misma falta ser sancionada en diferentes oportunidades .
En dicha presentación se hace responsable a/los funcionarios ejecutores de la convocatoria incierta , indiscriminada y arbitraria de alumnos a los establecimientos educativos en la época de receso escolar , quedando bajo su exclusiva responsabilidad civil que pudiera acontecer .- Y se aclara que se realizarán todas las acciones legales que correspondan en amparo de los derechos esgrimidos .-
Por último, cabe aclarar que en el día de hoy, con posterioridad a la presentación realizada por el SUTEBA, el Frente de Unidad Docente de la Pcia. de Bs. As. realizó la presentación ante la Justicia., en el mismo tenor.
Concejo Ejecutivo
Seccional SUTEBA Saladillo