“Estoy de acuerdo con lo expresado por el Senador Lousteau al rechazar el DNU, al decir esto tal vez sea criticado por los fanáticos, lo intolerantes o los antidemocráticos que no admiten opiniones distintas, pero cuando cambie la ola de la opinión pública a favor de este gobierno, porque en algún momento así será, en la memoria del pueblo quedará grabado que hubo radicales que supimos mantener la identidad partidaria conforme a sus principios históricos” Carlos Antonio Gorosito.
“Pensé que oportunamente la dirigencia política local y los representantes del pueblo se expresarían públicamente sobre el DNU y sobre la Ley Ómnibus, pero no ha sido así, tal vez haya alguna excepción que aún no he percibido. Las opiniones podrían haber sido a favor o en contra, pero no las hubo. En estos días se trató en el Senado de la Nación el DNU y el mismo fue rechazado por la mayoría de los Senadores. Los argumentos de quienes votaron en contra estuvieron basados en líneas generales en su manifiesta inconstitucionalidad opinión que avalan Constitucionalistas de distintas expresiones políticas (por ejemplo el Dr. Daniel Sabsay que votó por el Presidente Milei). Dos Senadores radicales Martín Lousteau (CABA) y Pablo Blanco( Tierra de Fuego) votaron en contra y además lo hizo Edith Terenzi ( de origen radical), pero que ingresó hace dos años al Senado en la misma boleta junto a Ignacio Torres (Pro), con quien fundó un bloque denominado Chubut, que se integró al interbloque de Juntos con el Cambio pero manteniendo un perfil apuntado más a las necesidades de la provincia patagónica. La prensa oficialista y la que apoya al oficialismo llamó a todos los que votaron en contra del DNU “Los Senadores que votaron junto kirchnerismo a favor del rechazo”, cuando el entonces Diputado y hoy Presidente Javier Milei voto a favor de la rebaja del impuesto a las ganancias propuesto por el ex Ministro Massa no titularon “Milei voto junto al kirchnerismo”, es la doble vara con la que miden. Tengo experiencia de lo que es luchar o remar contra la corriente, cuando se inició la dictadura cívico militar era una de las pocas voces que por entonces se expresaba en contra de la misma, la opinión pública o gran parte de ella avalaba a la dictadura. No bajamos los brazos y el reconocimiento del pueblo vino muchos años después en 1983. Hoy pareciera que oponerse a las medidas del gobierno encabezado por el Presidente Milei es ir contra el pueblo. Las políticas de gobierno ya están castigando sin piedad a todos los sectores de la sociedad, menos a los sectores concentrados. Ahora van abrir las importaciones. Un importante empresario (de los que apoyan al Gobierno) le dijo al Ministro de Economía Luis Caputo: “Acá el problema es la caída del consumo y el ascenso de costo para las empresas”. Debo ahora decir que estoy de acuerdo con lo expresado por el Senador Lousteau al rechazar el DNU, al decir esto tal vez sea criticado por los fanáticos, lo intolerantes o los que no admiten opiniones distintas, pero cuando cambie la ola de la opinión pública a favor de este gobierno, porque en algún momento así será, en la memoria del pueblo quedará grabado que hubo radicales que supimos mantener la identidad partidaria. La Mesa Directiva del partido y la de la Convención fijaron el marco que debían votar los radicales. Algunos radicales habrán votado con el oficialismo porque se sienten identificados con las ideas de la Libertad Avanza o con las del PRO. Otros porque habrán recibido la presión de sus Gobernadores que a su vez reciben por los recursos económicos la presión del Presidente que quiere domesticarlos. El Presidente no quiere realizar un Pacto (Pacto de Mayo) quiere imponer sus ideas y así no funciona la Democracia. Hay algunos radicales que lo citan a Yrigoyen, a Alfonsín y otros próceres radicales pero muy lejos están de sus ideas, y además toleran que Milei los agravie. Lo he dicho más de una vez como Argentino quiero que al país le vaya bien, pero lo mayoría de las políticas que el gobierno quiere poner en práctica no conducen a un país mejor, es lo que se está demostrando hasta ahora. El Congreso tendrá que seguir funcionando, se tendrá que discutir ley por ley y entre los representantes pueblo en dialogo con los miembros del Poder Ejecutivo se tendrán que encontrar las soluciones que no perjudiquen al pueblo. El Presidente Milei trata con desprecio a los miembros del Congreso y muy particularmente a la Unión Cívica Radical, es hora que algunos radicales reaccionen y no permitan que le falten el respeto. El gobierno que dice combatir a la “casta” está lleno de esos que ellos llaman “casta”. Ahora en esta instancia la UCR debe ser la abanderada de los consensos, pero también de la justicia social, del sistema democrático, de la pluralidad de voces y de la Constitucional Nacional y sus instituciones. La posición que ha adoptado en el Senado el Presidente del Comité Nacional ha sido la correcta. Ya lo ha dicho el Dr. Antonio María Hernández (fue candidato a Vicepresidente por la UCR en 1995) un Constitucionalista de gran prestigio que el DNU (Decreto de Necesidad u Urgencia) es “Groseramente inconstitucional” (1), y agregó: “El Poder Ejecutivo no puede en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo. Esto tiene que ver con el equilibrio de los poderes», el Constitucionalista Hernández dijo además: que “Estamos ante economistas que dictan leyes son haber leído la Constitución». Otro Constitucionalista de nota también cordobés, el Dr. Pablo Manili ha sostenido que “La reforma constitucional de 1994 incluyó los decretos de necesidad y urgencia (DNU) en la carta magna, pero para prohibirlos y no para permitirlos, como algunos afirman. El art. 99 inciso 3 de la constitución (CN) es categórico: “El Poder Ejecutivo no podrá en ningún caso bajo pena de nulidad absoluta e insanable, emitir disposiciones de carácter legislativo”. Esa inclusión se debió al abuso llevado a cabo por el presidente Menem en los años previos a la reforma (que dictó 300 DNU mientras que todos los presidentes anteriores, desde 1853 a 1989, habían dictado un total de 25 ).Haciendo hincapié en el mencionado artículo de la Constitución el Dr. Manili dice en un artículo publicado en la Revista La Ley que: “No puede quedar duda alguna: la regla es la prohibición”, también dice el destacado jurista que: “Las invocaciones de “crisis terminal” y de “herencia nefasta” contenidas en el DNU bajo estudio no alcanzan para dar por cumplido este requisito. Tampoco alcanza, a tal fin, la afirmación de “riesgo de hiperinflación” por ser conjetural y no actual ni real.” (2). Manili dice además en un artículo periodístico que: “El problema es que algunos gobernantes de mala fe y algunos intérpretes inescrupulosos pretendieron transformar la excepción en regla para justificar su dictado. La excepción es la siguiente: “Solamente cuando circunstancias excepcionales hicieran imposible seguir los trámites ordinarios previstos por esta Constitución para la sanción de las leyes (…) podrá dictar decretos por razones de necesidad y urgencia”. Es decir que el Poder Ejecutivo (PE) sólo tiene un permiso extraordinario y de excepción para adoptar ciertas medidas, que normalmente debería adoptar el Congreso, cuando se cumplen simultáneamente tres requisitos: 1) Que existan “circunstancias excepcionales”; 2) Que sea “imposible” seguir el trámite ordinario de sanción de las leyes; 3) Que existan “razones de necesidad y urgencia”.( 3) Muchos Constitucionalistas se han expresado por la Inconstitucionalidad del DNU hasta como ya he expresado el Dr. Daniel Sabsay que es un declarado votante del Presidente. El Senador Nacional Martín Lousteau ha votado en el Senado conforme a derecho pero también siguiendo los principios de la UCR, ha sido republicano y ha buscado el respeto a la división de poderes.”
Carlos Antonio Gorosito-Ex Intendente Municipal (1991-2015)- Ex Presidente del Comité de la Pcia. de Bs .As de la UCR ( 2005-2007),Saladillo 16 de Marzo de 2024.
Notas
(1)Las declaraciones completas del Dr. Hernández se ver en Youtube del 10/02/24.
(2) El Escrito Completo del Dr. Pablo Manili se puede leer en la Revista La Ley del 22/01/24
(3)Ver nota completa en INFOBAE (18-01-24)