El Gobierno nacional reveló este viernes el cronograma de feriados para el año próximo, que contempla 11 feriados inamovibles, cuatro trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 18 días festivos.
En total, habrá nueve fines de semana largos y se suma un período de cuatro días para escapadas primaverales en octubre, según informaron en un comunicado conjunto los ministerios de Interior, y de Turismo y Deportes.
Los tres feriados con fines turísticos -24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre- fueron fijados a través del decreto 947, firmado por el presidente Alberto Fernández y publicado en el Boletín Oficial.
Cómo es el cronograma
Feriados inamovibles
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 15 y 16 de febrero (Carnaval)
- 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia)
- 2 de abril (Día del Veterano y de los caídos en la Guerra de Malvinas y Viernes Santo)
- 1 de mayo (Día del Trabajador)
- 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo)
- 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano)
- 9 de julio (Día de la Independencia)
- 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María)
- 25 de diciembre (Navidad)
Feriados trasladables
- 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Güemes), que se celebrará el 21 de junio
- 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín), al 16 de agosto
- 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural), al 11 de octubre
- 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional).
Feriados con fines turísticos
- 24 de mayo
- 8 de octubre
- 22 de noviembre
*Fueron fijados hoy por el decreto presidencial.
Según indicaron los ministerios, «con la incorporación del fin de semana largo extendido del viernes 8 al lunes 11 de octubre, el Gobierno fomenta las escapadas turísticas en primavera para replicar la exitosa experiencia desde la recuperación de los Feriados de Carnaval y seguir reactivando al sector, golpeado a nivel mundial por la pandemia de la Covid-19».
En tanto, acerca de los feriados turísticos, el decreto recuerda que el Poder Ejecutivo está facultado para «fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los lunes o viernes».