Mientras los jubilados y pensionados comenzarán a cobrar los haberes de diciembre a partir de este jueves, una duda recurrente vuelve surgir: ¿puede una persona que recibe estas prestaciones comprar los 200 dólares mensuales que autoriza el Banco Central?
A priori, la respuesta es sí, aunque existen algunos elementos para tener en cuenta y que marcan que esta opción no abarca a todos los integrantes del sistema previsional.
Quiénes pueden y quiénes no
Con las disposiciones que el BCRA estableció el 15 de septiembre y que aún siguen vigentes, desde el 1 de diciembre se rehabilitó la posibilidad para que las personas físicas puedan acceder al mercado de cambios oficial.
Para ello, deben cumplir estas condiciones:
- No ser beneficiarios de planes o programas de Anses.
- No ser cotitulares de una cuenta bancaria desde donde se haya comprado dólares.
- No ser monotributistas que hayan recibido créditos a tasa cero.
- No ser empleados de empresas que recibieron ayuda estatal para pagar salarios (programa ATP, por ejemplo).
- No tener ingresos sin declarar.
- No haber sido sumariados por el Banco Central por realizar operaciones sospechosas en la compra de divisas.
- No tener el saldo de la tarjeta refinanciado con el programa lanzado por el Central en abril.
- No contar con un préstamo hipotecario UVA congelado.
- No haber superado el cupo mensual de 200 dólares por los consumos con tarjeta de crédito en moneda extranjera.
A partir de esto, y siempre que no incumpla algunas de estas excepciones, un jubilado o pensionado está en condiciones de comprar la moneda norteamericana.
En materia de restricciones, vale tener en cuenta otro punto: tampoco pueden adquirir dólares aquellos jubilados que reciben alguna clase de asistencia alimentaria por parte del Estado, como por ejemplo quienes componen el Programa Alimentario Probienestar.
Bono navideño para Jubilados y pensionados
Precisamente para los 550 mil afiliados que forman parte del mencionado Programa, PAMI confirmó en las últimas horas el pago de un bono navideño por $1.500.
Este plus se pagará entre el 17 y el 23 de diciembre, dos terminaciones de documento por día hábil, según el cronograma determinado por la Anses.
Y para contar con este extra no será necesario realizar ningún trámite, ya que los montos se depositarán en las cajas de ahorro de la seguridad social.
En tanto, el pago de estos $1.500 se realiza paralelamente a la entrega del bolsón alimentario que reciben estos 550 mil jubilados.
Cuáles son las fechas de cobro del bono
- Documentos terminados en 0 y 1: 17 de diciembre
- Documentos terminados en 2 y 3: 18 de diciembre
- Documentos terminados en 4 y 5: 21 de diciembre
- Documentos terminados en 6 y 7: 22 de diciembre
- Documentos terminados en 8 y 9: 23 de diciembre