La Justicia ordenó que se les otorgue el bono de $10.000 pesos a dos mujeres que alegaron distintas condiciones de desamparo. Ambas son extranjeras y no poseen documento argentino.
Mientras se aguarda el desenlace sobre el eventual pago del cuarto Ingreso Familiar de Emergencia, dos recientes fallos judiciales le ordenan a la Anses que les otorgue el bono de $10.000 pesos a dos mujeres migrantes que no poseen documento de identidad argentino.
De quiénes se trata
La información se conoció en las últimas horas a través de Clara Salguero, especialista en temas previsionales, quien reveló los detalles de los fallos, ambos correspondientes a la Justicia de Seguridad Social.
El primer caso se trata de una mujer oriunda de Venezuela, que posee a su cargo un menor de edad y es víctima de violencia de género. Con la llegada de la pandemia, se quedó sin su fuente de ingresos -era vendedora ambulante- y actualmente tramita su residencia como refugiada.
A raíz de esto, la sala 1 de la Cámara Federal de la Seguridad Social, en un fallo que lleva las firmas de los jueces Adriana Cammaratta, Fernando Strasser y Victoria Pérez Tognola, le ordenó a la Anses que le otorgue el beneficio del IFE.
Por su parte, la segunda mujer, de origen dominicano, es madre de dos menores y llegó a la Argentina en 2011.
Sin embargo, todavía no cuenta con la residencia definitiva en el país. En ese contexto, el juzgado 1 del fuero de la Seguridad Social, con el respaldo de la jueza Karina Alonso Candis, elevó la misma solicitud que en el proceso anterior.
Cuál es el argumento
“En ambos casos se sostiene el derecho a la seguridad social y el principio de igualdad y no discriminación, ya que se excluye así a todo el universo de personas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo que no cumplen con los dos años de residencia”, aclaró Salguero, quien explicó que lo que alega la Justicia es que el requisito de contar con el DNI argentino no está previsto en el decreto 310, que reglamente los alcances del IFE.
Qué puede pasar y dónde está la clave
Como los fallos son de segunda y primera instancia respectivamente, pueden ser apelados ya que aún resta la sentencia definitiva. No obstante, inclusive en esa condición, le abren la puerta a un escenario no menor: la posibilidad de que las personas que, por razones diversas, no recibieron el IFE acudan ahora a la Justicia para reclamarlo.